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Semana Santa: consenso en familias de padres separados

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En Semana Santa, muchos son los padres que tienen que separarse unos días de sus hijos por estar así dictado en sentencia, teniendo obligatoriamente que cumplirla. Pero hay ocasiones en que, al llegar estas fechas, aún no se tiene una sentencia firme o convenio regulador firmado que regule cómo dividir ese tiempo, estando estas cuestiones en un limbo que no siempre es fácil de gestionar.

Habitualmente, en las sentencias de divorcio o medidas paternofiliales, las vacaciones de Semana Santa suelen repartirse por años alternos (por ejemplo, los años pares disfrutará con los menores la madre y los impares el padre). Sin embargo, hay veces que esta semana se reparte al 50 por ciento entre los dos progenitores, pudiendo disfrutar tanto el padre como la madre de los menores cada año en dicho periodo.

En cambio, si no hay sentencia o convenio firmado, lo ideal sería repartir provisionalmente estas vacaciones entre los dos progenitores, mediante un acuerdo entre ellos o entre los abogados si en ese momento cuentan con ellos. Si no se llega a dichos acuerdos, suele haber casi siempre problemas en cómo gestionar estas vacaciones de Semana Santa. Y son los propios menores los que realmente sufren estas desavenencias, teniendo que tener siempre presente su bienestar.

Si no hay nada firmado, ¿puedo ir a buscar a mis hijos cuando yo quiera?

Si por ejemplo los menores llaman comunicando que no quieren estar con el otro progenitor en esas fechas, la duda que nos surge es si podemos ir a por ellos en ese momento, dado que no hay nada firmado. Hay que intentar ser razonables, teniendo en cuenta la edad de los menores (pudiendo en ocasiones comunicar con quién prefieren estar e intentar mediar en ese sentido) o si el motivo por el que no quieren estar con el progenitor es por un desencuentro puntual o por una agresión.

Si los menores son más pequeños y el problema no es grave, debemos de procurar que el periodo vacacional que esté disfrutando con los niños el otro progenitor finalice. Pero si por el contrario los menores relatan violencia o agresiones, en este caso conviene contactar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, poniéndolo en conocimiento de la autoridad judicial competente para proteger a esos menores de edad y acudiendo a recogerles de inmediato, intentando siempre dejar por escrito el incidente ocurrido que justifique la recogida.

Sin sentencia o convenio, ¿puedo viajar al extranjero en Semana Santa con mis hijos?

Es importante recalcar que cualquier viaje que se quiera realizar con los menores tanto dentro como fuera de la UE deberá de ser informado al otro progenitor y consentido por este, debiendo poner de manifiesto tanto las fechas de viaje como los billetes de avión, alojamiento y teléfonos de contacto, dado que es un asunto que atañe a la patria potestad y que ostentan los dos progenitores en la mayoría de los casos. Si el otro progenitor se opusiese, antes de realizar el viaje habría que solicitar dicho permiso ante la debida autorización judicial.

Alejandra Zapata Sancho. Abogada especialista en derecho de familia y familia internacional en Sancho Gómez Abogados

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