El lugar de trabajo es un criterio cada vez menos alegado por los padres a la hora de solicitar una plaza escolar para sus hijos. De hecho, en el proceso de escolarización iniciado el año pasado para este curso 2011-2012, solo una media de un 3,49 por ciento de las familias pidieron una vacante en los centros públicos y concertados de la comunidad en función de su domicilio laboral.
Según un desglose de estos datos de la Consejería de Educación, este porcentaje es ligeramente superior en el primer nivel de entrada al sistema educativo, es decir, en el segundo ciclo de Educación Infantil, donde un 4,1 por ciento de las familias optaron por un centro prioritario próximo al lugar de trabajo del padre, la madre o de la persona tutora sobre el total de las 94.371 solicitudes presentadas para esta etapa. En el caso del primer ciclo de Primaria, el porcentaje es de un 3,8 por ciento y en el primer curso de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), de un 1,15 por ciento.
Este descenso generalizado del número de solicitantes que ha acreditado el domicilio laboral en su solicitud se produce en Andalucía desde el curso 2008-2009, motivo que llevó a la Junta a modificar el año pasado la normativa de escolarización primando el domicilio familiar (14) frente al laboral (10). Además, para facilitar la conciliación, se elevó hasta 16 la puntuación por hermanos en el mismo centro, de manera que éste fuera el criterio más importante a contabilizar en caso de que la demanda de plazas fuera superior a la oferta.
Una de las consecuencias inmediatas de este cambio de puntuaciones ha sido, según ha destacado en diversas ocasiones el consejero de Educación, Francisco Álvarez de la Chica, el importante descenso de la «conflictividad social» en torno a este proceso. No en vano, este curso –el primero en el que se ha aplicado al nueva normativa de escolarización– el porcentaje de familias que ha presentado reclamaciones ha sido de 0,7 por ciento, tres décimas por debajo del curso anterior, cuando se situaron en torno al uno por cierto.
Según la Consejería, el cambio de puntuación ha permitido «garantizar aún más que el alumnado que vive en el área de influencia de un determinado centro resulte admitido en el centro solicitado como prioritario o en cualquier centro del ámbito territorial solicitado como subsidiario». Además, la nueva normativa ha posibilitado «una mayor transparencia en el desarrollo del procedimiento de admisión, así como un seguimiento detallado del mismo por las Comisiones Territoriales de Garantías de Admisión».
Igualmente, la Administración destaca en una respuesta parlamentaria que también se han mejorado las garantías en cuanto al agrupamiento de hermanos solicitantes de plaza escolar, permitiendo «una distribución adecuada y equilibrada entre todos los centros sostenidos con fondos públicos del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo». Otros de los «beneficios» de la nueva normativa han sido el sorteo único público, la reducción «significativa» del número de solicitudes no admitidas en el primer centro escogido por las familias, una mayor «eficacia a la hora de realizar la reubicación del alumnado no admitido en un centro prioritario» y un «mayor control de las solicitudes en las que las circunstancias reales no se corresponden con las alegadas para la obtención de puntuación en el baremo». Pese a estas mejoras, la Consejería de Educación asegura que continuará trabajando «en elementos no fundamentales del procedimiento que puedan mejorarlo dentro del marco normativo propuesto».