En la actualidad, los jóvenes cada vez se emancipan más tarde, por tanto, están más tiempo en casa viendo con los padres. Sin embargo, la legislación está convirtiendo a los chicos y chicas en jóvenes cada vez más «maduros». Nuestra Constitución establece en el artículo 12 que la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, pero a partir de los 14 años la ley reconoce una capacidad de obrar *restringida* a los menores.
¿Qué permite hacer la ley entre los 14 y 18 años y qué prohibe?
En la práctica, a estos menores no se les puede vender tabaco ni alcohol, también tienen el acceso restringido a las discotecas (excepto en la que tengan sesiones *light*) y a ciertos conciertos. Tampoco pueden apostar, ni pueden sacarse el carnet de conducir para llevar un coche, un camión o un vehículo público para el transporte de pasajeros, ni ponerse un piercing sin el permiso de sus padres. En cambio, la ley sí les permite contraer matrimonio, tener relaciones sexuales, e incluso, tomar decisiones médicas, como decidir si quieren someterse a una cirugía, aunque con limitaciones.
Permisos que otorga la ley a los menores maduros
Según los últimos cambios legislativos, estos los derechos y restricciones que tienen los adolescentes:
1. A los 12 años. Antes de llegar a los 14 años, es decir, a los 12 años, los niños ya pueden ser oídos en un juicio de divorcio.
2. A los 14 años, según la Ley de Protección de datos de 1999, pueden ser testigos en un juicio, pueden subir sus fotos a las redes sociales y dar permiso para que otra persona utilice sus datos. También, la ley les reconoce derecho para hacer testamento. Y según el Real Decreto 137/1993 estos menores también pueden disparar una escopeta de caza mayor, siempre en el caso de que esté acompañado de un adulto que tenga licencia de armas. Además, si estos adolescentes cometen un delito, se les puede exigir responsabilidades penales.
3. A los 15 años pueden sacarse el carnet de moto para motocicletas de hasta 50 cc.
4. A los 16 años. La reciente Ley de Jurisdicción Voluntaria eleva la edad mínima para casarse de 14 a 16 años. Y elimina la posibilidad de que un juez pueda permitir el matrimonio por debajo de esa edad.
Por tanto, a los 16 años ya es posible contraer matrimonio, y en consecuencia tener relaciones sexuales, emanciparse e incluso trabajar. Respecto a este último punto, el artículo 6 del Estatuto de los Trabajadores permite a los menores mayores de 16 años trabajar, siempre que no hagan trabajos penosos, ni en turno nocturno. Tampoco pueden hacer horas extraordinarias.
También pueden ponerse un piercing o hacerse un tatuaje con el consentimiento paterno, o negarse a una intervención quirúrgica, siempre que no entrañe un riesgo vital. Por último, las menores de 16 y 17 años necesitan el consentimiento paterno para abortar y, en caso de conflicto, resuelve un juez.
Marisol Nuevo Espín
Te puede interesar:
– 16 años, la edad mínima para casarse