Categorías:

Los nuevos permisos laborales: un paso más para conciliar

Tabla de contenidos

La conciliación laboral es un tema relevante para todas las familias debido a los cambios sociales y las demandas de los trabajadores para lograr un equilibrio adecuado entre su vida personal y profesional.

Desde el 30 de junio de 2023, momento en que entró en vigor el Real Decreto-ley 5/2023, podemos disfrutar de los nuevos permisos laborales de conciliación para todas las personas y familias, que estan relacionados con la adaptación de la jornada laboral para personas con familiares dependientes, que afecta también a los matrimonios de hecho y a la ampliación de los días de permiso por hospitalización.

Las novedades del Real Decreto Ley del 28 de junio de 2023

La conciliación laboral busca promover el equilibrio entre las responsabilidades y demandas laborales y las necesidades personales o familiares de los trabajadores. Además de la flexibilidad en los horarios de trabajo, el teletrabajo, la reducción de la jornada laboral y los permisos por maternidad o paternidad, existen otras medidas y políticas que pueden facilitar esta conciliación en el ámbito familiar.

Gracias al nuevo Real Decreto Ley (5/2023) que entró en vigor el 28 de junio, se han implementado una serie de medidas que mejoran aún más la conciliación en contextos específicos. Ana Cué, Asociada Senior del despacho de abogados Benow Partners, destaca que «las mejoras incluidas en el Real Decreto Ley, como la ampliación de derechos para parejas de hecho, la ampliación de los días de permiso por hospitalización o intervención quirúrgica, y las adaptaciones de jornadas laborales para personas con famiiliares dependientes a su cargo son los cambios que van a permitir a los trabajadores combinar satisfactoriamente su vida profesional y personal».

Nuevos permisos y adaptaciones de la jornada laboral

Estas novedades se pueden agrupar en dos categorías principales: los nuevos permisos y las adaptaciones de jornada laboral. Desgranamos cada uno de ellos:

Cambios en los permisos

1. Permiso de matrimonio
Las parejas de hecho tienen derecho a 15 días de permiso por registro, al igual que los matrimonios. Estos permisos son retribuidos y comienzan a contar el día después de la formalización de la unión, siempre que este día sea laboral. El permiso es de 15 naturales y no hábiles y se aplica de igual manera a los trabajadores y trabajadoras contrados a tiempo parcial y a tiempo completo.

2. Permiso por causa de fuerza mayor
Las personas trabajadoras pueden ausentarse del trabajo hasta 4 días retribuidos en casos de motivos familiares urgentes e imprevisibles, como enfermedad o accidente que requiera su presencia inmediata. Este derecho antes no existía, por lo que es nuevo y se otoga desde el pasado 30 de junio.

3. Permiso por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario
Este permiso se amplía a 5 días (antes solo 2 días) y se aplica a las personas que convivan con el trabajador o trabajadora que requiera cuidados en el mismo domicilio, así como a las parejas de hecho. También se incluyen los familiares consanguíneos de la pareja de hecho.

En el caso de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de 2 días laborales, o 4 si es necesario hacer un desplazamiento. «La consideración de cuando es necesario el desplazamiento ha generado controversia en la jurisprudencia, pero una Sentencia del Tribunal Supremo estableció en 2012 que se considerará como tal cuando el trayecto supere los 200 kilómetros» recuerda Ana Cué, abogada de Benow Partners.

Adaptaciones de la jornada laboral por cuidados, derechos y deberes

1. Permiso parental para el cuidado de hijos o menores acogidos por tiempo superior a un año
Puede disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años, con una duración máxima de 8 semanas, continuadas o no continuadas.

Este permiso es intransferible al otro progenitor y se podrá disfrutar de manera flexible.

2. Ampliación del derecho a la adaptación de la jornada para personas con dependientes a su cargo
Se reconoce el derecho a adaptar la jornada laboral para aquellos que tienen deberes de cuidado hacia hijos mayores de 12 años, cónyuge o pareja de hecho, familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, y otras personas dependientes que convivan en el mismo domicilio y no puedan valerse por sí mismas.

3. Ampliación del derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad
Se permite la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad menores de 26 años, cuyo grado de discapacidad supere el 65 por ciento. Esta condición deberá acreditarse antes de cumplir los 23 años.

Estos cambios legislativos han generado diferentes opiniones entre los agentes sociales y económicos. Algunos defienden la importancia de priorizar la calidad de vida de los trabajadores y fomentar un entorno laboral equilibrado, mientras que otros plantean preocupaciones sobre posibles impactos económicos y organizativos para las empresas.

La implementación de estos nuevos permisos laborales requerirá un seguimiento cercano para evaluar su impacto tanto en la realidad laboral de las personas como en la dinámica empresarial. Estos cambios representan un avance significativo hacia una mayor conciliación entre la vida laboral y personal, y será necesario contar con expertos en derecho legislativo y laboral para aclarar cualquier duda que surja.

Marina Berrio
Asesoramiento: Ana Cué, Asociada Senior del despacho de abogados Benow Partners

Te puede interesar:

El nuevo permiso de trabajo para padres de 8 semanas será retribuido

 El permiso de maternidad debe ser de 6 meses, según los pediatras

 8 dudas para reclamar el IRPF de la prestación por baja maternal

– Cómo explicamos que… es adoptado

Otros artículos interesantes