El Pleno del Congreso ha aprobado la Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia, una iniciativa que reforma importantes leyes de diferentes ámbitos: desde la adopción y el acogimiento hasta la pensiones de orfandad, las condiciones de los centros para jóvenes con trastornos de conducta o el derecho de escucha en procedimientos judiciales.
A continuación, te contamos algunas de las principales claves de esta nueva e importante ley que afecta a niños y adolescentes de todo el territorio español y que el Gobierno ha calificado como «una ley ampliamente consensuada que toma como punto de partida una ley que hizo el gobierno anterior», en palabras del ministro de Sanidad, Alfonso Alonso.
Código Civil, ley de protección del menor, ley de Extranjería, Seguridad Social, Dependencia, Violencia de Género… son sólo algunas de las leyes que toca esta nueva normativa, la Ley de protección a la Infancia, que incluso prevé crear nuevas medidas o aglutinar las que ya aplican algunas comunidades autónomas.
Acogida y adopción de niños
En el sistema de acogida y adopción se priorizará el acogimiento familiar para los niños menores de seis años y se desjudicializará el proceso. Esto quiere decir que la administración decidirá dónde se alojará el menor desamparado y que el recurso de los padres biológicos no «condenará» al pequeño a permanecer en un centro mientras se decide la cuestión, como ha estado pasando hasta ahora.
A partir de ahora, la declaración de desamparo se define unificando criterios a nivel estatal para que no sea diferente entre las comunidades, y no podrá declararse sólo basándose en la pobreza o en la discapacidad de los padres. Asimismo, los padres biológicos pueden recurrir tal declaración pero mientras se dirime el recurso el niño estará en una familia de acogida.
Centros de acogida
Otro aspecto novedoso de esta nueva ley es que fija las condiciones mínimas y regula el funcionamiento de los centros de acogida de niños desamparados o con trastornos de conducta: se regularán los requisitos de entrada y salida y también las medidas disciplinarias que se pueden adoptar (o no).
Familias de acogida
Por lo que respecta a las familias de acogida, éstas serán evaluadas por las administraciones públicas y deberán probar su idoneidad. Asimismo, podrán estar en una comunidad autónoma distinta a la del niño, ya que se va a crear un mecanismo interterritorial de acogida que permita a un gobierno autonómico recurrir a otro en caso de que no disponga en ese momento de familias para alojar a los menores en situación de desamparo.
La ley contempla también la creación de un sistema de adopción abierta para los casos en los que el menor quiere y puede seguir manteniendo relación con su familia biológica. Asimismo, se van a establecer criterios comunes para preparar para la adopción a los padres de acogida, se va a regular el derecho de los niños a conocer su origen y su pasado y se va a crear un registro unificado de maltrato infantil al que tendrán acceso los servicios sociales de todo el país.
Niños víctimas de violencia
Esta reforma también se ocupa de los niños víctimas de violencia de género: declara a los hijos de las víctimas como sujetos que necesitan ser protegidos por la misma ley que auxilia a sus madres. Además, introduce cambios en violencia doméstica: habrá una modificación del sistema de pensiones para impedir a aquellos que maten a un pariente cobrar la pensión que su muerte haya generado, sea cual sea.
Los hijos de matrimonios en los que uno de los cónyuges mate al otro podrán, además, cobrar la pensión de orfandad completa aunque el padre o madre homicida siga vivo. Es más, la pensión será de mayor cuantía, pues se le reconocerá el cien por cien de la base reguladora (hasta ahora era un porcentaje sobre la misma).
Trabajadores con niños
Otra de las novedades es la prohibición de que los condenados por delitos contra la integridad, la libertad o la indemnidad sexual de los menores de edad puedan trabajar en algo relacionado con niños o adolescentes. Esto se pretende conseguir mediante un registro central de delincuentes sexuales al que deberán acudir todos los que quieran trabajar con niños para conseguir un certificado que demuestre que no tienen antecedentes por estos delitos.
Ángela R. Bonachera
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