Si no has escuchado hablar de los Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos (MARC) seguro que en 2022 lo vas a hacer. El motivo es que éste será el año en el que estos métodos se establezcan como un paso previo obligatorio en casos de divorcio y de herencias, entre otros.
Están recogidos en el Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal que se llevará al Consejo de Ministros en el año que entra y que tiene como objetivo aligerar la carga de trabajo de algunos juzgados y ayudar a los ciudadanos a ver resueltos sus problemas sin tanto desgaste económico y emocional.
Circunstancias que se dan, explica Alejandra García, directora de Garea Abogados, sobre todo, «en los litigios por divorcio, que se prolongan durante meses, que pueden llegar a suponer un desembolso considerable de dinero y, en los que, además, puede haber menores de por medio. Todo ello bajo la mirada subjetiva de las partes implicadas».
De eso tratan precisamente los MARC, de introducir una figura independiente, con buen criterio, sin intereses particulares y que pueda ayudar a unos y a otros a encontrar una solución que beneficie a todos.
No será fácil, pero sí va a ser obligatorio y antes de presentar una demanda de divorcio habrá que haber probado con una de estas figuras.
Una de ellas es la del mediador, un interlocutor que no toma parte en la decisión final y que cuyo objetivo es que las partes se comuniquen.
Hasta el momento, explica Alejandra García, directora de este despacho y también mediadora, «la relación entre los cónyuges se produce, una vez iniciado el proceso de divorcio, a través de los abogados de ambos. Esta circunstancia puede entorpecer más la relación y distanciar más a la pareja«.
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La figura del mediador
El mediador es imparcial y es neutral, lo mismo que el conciliador y su trabajo se basa en el bien de ambas partes, en el llamado win-win y no en la confrontación, en ganar con el máximo beneficio, a costa, en muchos casos, de la figura del otro.
El arbitraje
Otro método alternativo de resolución de conflictos lo representa el árbitro, que también se sitúa en un punto intermedio, pero que, esta vez sí va a tomar una decisión tras escuchar a las partes.
La figura del arbitraje se asemeja en este punto a la del juez, pero en un ámbito prejudicial.
Estas fórmulas forman parte de los MASC, métodos alternativos de solución de conflictos, en auge, y que trata de evitar la judicialización de determinados conflictos en los que entran en juego sentimientos y emociones. Muy importante es, en este punto, explica la abogada de familia, que el bienestar de los hijos, si los hubiere, es objetivo número uno en estos casos.
El Derecho colaborativo
El Derecho colaborativo es otro sistema, muy participativo y que se basa en un proceso en el que intervienen todas las partes: los abogados y los clientes. Se mantienen reuniones de las partes con sus abogados, de los abogados entre sí y de todos juntos, todo ello con el objetivo de encontrar el mejor acuerdo posible.
¿Y cómo es el proceso de la mediación o el arbitraje previos?
Si te vas a divorciar, tu abogado está en la obligación de informarte de que existen estas vías para llegar a un acuerdo. En 2022 serán obligatorias y se llevarán a cabo, bien físicamente en los despachos de los abogados, bien en instituciones como el Colegio de Abogados, Colegio de Procuradores o el Colegio Notarial, entre otros. También de manera telemática, al menos hasta que se dé por finalizada la pandemia.
Las partes habrán de pagar la minuta en la proporción que acuerden entre ellas y tratar de evitar llegar a los tribunales. Si no se consigue, se podrá finalmente, interponer la demanda. Eso sí, acreditando con el correspondiente documento acreditativo que el caso se ha sometido a un proceso previo de cualquier MARC.
Alejandra García. Socia directora de Garea Abogados, abogada de familia, mediadora y experta en derecho colaborativo.
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