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2020: el nuevo permiso de paternidad llega a las 16 semanas

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En España, los padres podían gozar de 12 semanas de baja laboral por el permiso de paternidad, pero a partir del 1 de enero del 2021 se aumentará a 16 semanas para los que nazcan después de esta fecha, equiparándose al permiso de maternidad.

El permiso de paternidad incluye tanto el nacimiento de un hijo como la adopción. Es importante resaltar que durante este periodo al padre se le retribuirá como si estuviese trabajando, y en el caso de no solicitar la baja de 16 semanas, o incorporarse antes a su puesto de trabajo, no podrá transferírselo a su mujer.

En el caso de que el parto sea múltiple se disfrutarán de dos semanas más por hijo, es decir, si se tienen gemelos tendrán los padres 18 semanas de baja de paternidad, y si se tienen trillizos 20 semanas. Sucediendo lo mismo en el caso de adopción múltiple.

¿Cómo debo pedir el permiso de paternidad en la empresa?

Para pedir este permiso habrá de realizar una solicitud a la empresa en la que se trabaje por cuenta ajena, o en régimen especial de la relación laboral, en el caso de determinados colectivos como los abogados.

Deberá acompañarse a dicha solicitud:

– El certificado de nacimiento del hijo en cuestión
– El modelo oficial de la solicitud de la paternidad.

Se ha de estar dado de alta en la Seguridad Social, habiendo cotizado un mínimo de 180 días en los últimos 7 años o 160 días, lo que viene a ser un año, en su vida laboral para poder ser beneficiarios de este permiso.

¿Y en cuanto a la Seguridad Social?

Las prestaciones por maternidad y paternidad están exentas de IRPF. Se cobrará el 100% del salario que le correspondiese al padre según su última nómina y esta bonificación la llevará a la cabo la Seguridad Social, es por ello que se deben presentar ante esta los siguientes datos:

– Informe de paternidad
– Solicitud realizada a la empresa
– Fotocopia del DNI
– Última nómina
– Libro de familia
– Un número de cuenta corriente para realizar esa bonificación.

Permiso de paternidad. ¿Qué pasa con la adopción?

En el caso de adopción este permiso, a elección de ambos conyugues, será disfrutado sólo uno, siempre que el adoptado sea menor de 6 años o menor de 18 años con algún tipo de discapacidad superior al 33% o con problemas de integración social.

¿Cómo lo solicito si soy autónomo?

Este permiso tiene la misma duración que la que podrán disfrutar los padres que trabajen por cuenta ajena o régimen de relación laboral especial. Según manifiesta AYCE LABORTYAX, «un autónomo que acabe de ser padre, estará obligado a detener su actividad profesional durante las cuatro primeras semanas tras el parto si quiere solicitar la prestación. Pasadas estas cuatro semanas, en 2020 el autónomo tendrá que pasar otras ocho semanas de baja, que podrá escoger libremente. Además, en caso de que la madre quisiera ceder al padre parte de su baja, este periodo podría aumentarse dos semanas más. Las ocho semanas restantes se podrán disfrutar de manera continuada o de forma salteada, a lo largo del primer año tras el parto. Eso sí, en ese caso tendrás que avisar a la Administración con 15 días de antelación».

Para poder acceder se han de cumplir los siguientes requisitos:

– Estar dado de alta en la Seguridad Social- Notificar el nacimiento del hijo
– Haber cotizado 180 días en los último 7 años como mínimo o 360 días en la vida laboral
– Pedir cita previa en la Seguridad Social y presentar todos los documentos previamente citados.

Los padres autónomos durante su baja, no tendrán que pagar la cuota mensual del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos ni tampoco abonar la cuota de autónomos ni tributarla por el IRPF.

Natalia Pérez García

Para más información:
Modelo oficial de la solicitud de la paternidad
– AYCE LABORTYAX: Nuevo permiso de paternidad 

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